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Importación y Exportación
Impulsa el crecimiento de tu marca con una expansión internacional sólida, ágil y bien planificada.

Dudas comunes en el movimiento internacional de mercancías
Te acompañamos en todo el proceso de importación de productos cosméticos a España, preparando la declaración responsable de actividad de importación ante la AEMPS y actuando como persona cualificada, estableciendo los controles técnicos y de calidad necesarios para garantizar el cumplimiento normativo.
Además, coordinamos la documentación regulatoria del producto, la notificación en el CPNP y el soporte en trámites e inspecciones aduaneras, para que tus productos lleguen al mercado de forma ágil, planificada y conforme a la normativa europea, sin improvisaciones.
Te ayudamos a gestionar toda la documentación técnica necesaria para la exportación de productos cosméticos, coordinando la preparación del expediente del producto, las legalizaciones, los Certificados de Libre Venta y cualquier otro requisito documental exigido por las autoridades del país de destino.
Analizamos previamente los requisitos regulatorios del mercado objetivo y adaptamos la documentación para que la exportación se realice de forma ordenada, ágil y sin contratiempos, facilitando que tus productos lleguen a nuevos mercados con una base técnica sólida y bien preparada.
Te ayudamos a revisar y definir las responsabilidades regulatorias en acuerdos internacionales, analizando contratos de distribución, fabricación o comercialización para asegurar que las obligaciones legales quedan correctamente asignadas entre las partes.
De este modo, evitamos ambigüedades regulatorias y te damos seguridad jurídica antes de cerrar el acuerdo, alineando el marco contractual con los requisitos técnicos y normativos aplicables a tus productos.
No existe un Incoterm único válido para todas las operaciones. La elección del Incoterm depende del tipo de acuerdo comercial, del país de origen o destino y, especialmente, de quién puede asumir las responsabilidades logísticas, aduaneras y regulatorias en cada fase de la operación.
Te ayudamos a analizar y seleccionar el Incoterm más adecuado para cada operación, asegurando que esté alineado con las responsabilidades regulatorias asumidas en el contrato y evitando incoherencias entre lo pactado comercialmente y lo exigido por la normativa aplicable.
Qué obtienes con nuestros servicios de consultoría
Actuamos como persona responsable o persona cualificada para productos cosméticos importados, asumiendo la supervisión regulatoria, de calidad y documental conforme a la normativa europea.
Gestionamos la preparación y mantenimiento del PIF, la notificación en el portal CPNP y la interlocución con autoridades competentes en el contexto de importación.
Revisamos los contratos de distribución internacional para evitar ambigüedades regulatorias y garantizar una correcta asignación de responsabilidades legales y normativas entre las partes.
Analizamos los requisitos regulatorios y documentales de los mercados de destino y organizamos la documentación necesaria para facilitar una exportación segura y conforme a la normativa aplicable.
Preguntas frecuentes.
Las dudas más comunes antes de iniciar un nuevo desarrollo cosmético.
Un documento legalizado o con apostilla es un documento oficial cuya autenticidad ha sido certificada para que pueda ser reconocido por las autoridades de otro país. En el contexto de la exportación y el registro de productos, este proceso confirma que la firma, el cargo del firmante y el sello del documento son válidos, permitiendo que sea aceptado por organismos oficiales extranjeros.
En operaciones de exportación de productos cosméticos, las autoridades sanitarias de otros países suelen exigir documentos legalizados o apostillados, como Certificados de Libre Venta, declaraciones oficiales o documentos técnicos, como requisito previo para el registro o la comercialización del producto. La apostilla de La Haya simplifica este trámite entre países firmantes del convenio, mientras que la legalización consular se aplica cuando el país de destino no forma parte del mismo.
Sí, es posible enviar muestras de productos cosméticos aunque el producto no esté registrado, siempre que se trate exclusivamente de muestras sin finalidad comercial y se cumplan determinadas condiciones. En estos casos, las muestras no pueden ponerse a la venta ni utilizarse para fines comerciales, y deben destinarse, por ejemplo, a evaluaciones internas, estudios de mercado, pruebas con distribuidores o procesos de registro ante autoridades extranjeras.
No obstante, los requisitos concretos dependen del país de destino y de la finalidad del envío, ya que algunas autoridades pueden exigir documentación específica, etiquetado particular. Por ello, es fundamental analizar cada caso antes del envío para evitar retenciones en aduana o incidencias regulatorias.
La Persona Cualificada en la importación de un producto cosmético es el profesional designado por la empresa importadora para garantizar el cumplimiento de los requisitos técnicos y regulatorios asociados a la actividad de importación. Según el Real Decreto 85/2018, las empresas que fabrican o importan cosméticos deben contar con una persona con la formación y experiencia adecuadas, responsable de supervisar que los productos cumplen la normativa aplicable.
En el caso de la importación, la Persona Cualificada actúa como interlocutor técnico ante la autoridad sanitaria, participa en la implantación de controles de calidad, verifica la documentación regulatoria del producto y colabora en inspecciones y controles oficiales, asegurando que la actividad de importación se realiza conforme a la legislación vigente.
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acompaño en todo el proceso.
